Por la cual se reglamenta los programas clínicos en alergología y se dictan otras disposiciones. [Programas clínicos en alergología]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 78/16
Tema principal: Profesiones
Tema secundario: Seguridad Social y salud
Cuatrienio: 2014-2018
Legislatura: Legislatura Jul 2016 - Jul 2017
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Se entiende por Alergología Clínica (Alergología) la especialidad o subespecialidad de la medicina que comprende el conocimiento, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad alérgica producida por mecanismos inflamatorios, especialmente de hipersensibilidad, con las técnicas que le son propias. El especialista o subespecialista en Alergología Clínica (Alergología), es aquel que haya realizado estudios de medicina y cursado la especialidad o subespecialidad en Alergología Clínica (Alergología) en Facultades de Medicina de Instituciones de Educación Superior en Colombia o en instituciones de reconocida competencia en el exterior y que hayan convalidado su título en Colombia.
Línea del tiempo
- 8/31/2016Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992 Comisión VI Senado
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Corporación: Sin corporación
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- Constitucionales
- 8/8/2016Publicación - Gaceta: 589/16
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Corporación: Senado de la República
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Comisiones asociadas
- 8/2/2016Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Senado de la República
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Comisiones asociadas