Por la cual se regula el proceso eleccionario y el funcionamiento de la organización electoral y se dictan otras disposiciones relacionadas con la materia.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 117/01
Tema principal: Organización Electoral y elecciones
Tema secundario: Administración pública
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002
Iniciativa: Otras entidades
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El objeto del proyecto es regular el proceso eleccionario y el funcionamiento de la Organización Electoral, para asegurar que las votaciones recojan la expresión libre de los ciudadanos y garantizar que los escrutinios sean el reflejo exacto de la voluntad del elector. Busca sustituir el actual Código Electoral adoptado mediante el Decreto 2241 de 1986, para poner los procedimientos eleccionarios en concordancia con la Constitución de 1991 y mejorar los mecanismos a través de los cuales el ciudadano ejerce el derecho a elegir y ser elegido. En desarrollo de lo anterior, propone fundamentalmente:
-Organizar mejor el proceso eleccionario.
-Rodear a la mesa de votación y a sus correspondientes escrutinios, de mejores elementos de publicidad, diafanidad y seguridad electoral.
-Simplificar los trámites electorales.
-Impedir la trashumancia electoral.
-Regular las causales de reclamación y definir las competencias en cada instancia del proceso.
El articulado busca de manera coherente, rodear de publicidad y garantías la votación y el escrutinio de las mesas de votación y modernizar los procedimientos, para asegurar que el proceso eleccionario sea el fiel reflejo de la voluntad del elector. Se quiere, en consecuencia, dotar de mayor credibilidad los resultados obtenidos en las mesas, de tal suerte, que solamente se puedan desconocer o reexaminar, por razones claras y precisas.
Se establecen procedimientos ordenados y claros en los escrutinios e instancias superiores a los de mesa, para impedir que, mediante procedimientos habilidosos, se puedan desconocer los resultados de las urnas cuando ya no existan las garantías que se otorgan durante las votaciones, para las cuales el Estado dedica enormes esfuerzos de organización, de control y de inversión. En otras palabras se trata de conseguir un proceso eleccionario diáfano.
Igualmente, se quiere poner freno a la trashumancia electoral que es, probablemente, el vicio más pernicioso que rodea hoy el proceso electoral en Colombia, sustituyendo la inscripción de cédulas de ciudadanía como mecanismo voluntario para escoger el sitio de votación, por el registro de la dirección residencial para que sea la Registraduría la que indique al ciudadano su puesto y mesa de votación.
Se propone aumentar la participación de los ciudadanos en funciones como la de jurado de votación y testigo electoral, para lo cual se establecen mejores criterios de selección; en el primero de los casos mediante un procedimiento aleatorio, y ampliando y precisando el campo de acción en el segundo. Además, se adopta un concepto más amplio de censo electoral para que figure en él la totalidad de los ciudadanos aptos para votar, con precisas facultades para que la Registraduría Nacional del Estado Civil asuma una actitud proactiva en su depuración.
Autores
Presidente Consejo Nacional Electoral. Luis Felipe Vergara Cabal
Línea del tiempo
- 11/6/2002Archivado en Debate - Gaceta: 116/01
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- 5/16/2002Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 162/02
Primer debate
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- 9/27/2001Publicación - Gaceta: 499/01
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- 9/25/2001Radicado - Gaceta: S/N
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