Por la cual se regula y garantiza el derecho a la segunda opinión médica en el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia y se dictan otras disposiciones. [Segunda opinión médica]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 255/11
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Derechos Fundamentales
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Las personas residentes en el territorio colombiano tienen derecho a disponer, dentro del ámbito del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de una segunda opinión médica especializada, sobre su enfermedad o condición de salud cuando esta implique una seria afectación sobre su vida o que por su naturaleza puedan tener secuelas que disminuyan la calidad de vida de la personas. El Gobierno Nacional reglamentará la forma de solicitar y la operación del servicio de segunda opinión médica especializada. Cuando la segunda opinión difiera sustantivamente del diagnóstico inicial, deberá ser remitido a otras dos entidades para su análisis de forma separada. El Gobierno Nacional Reglamentará la materia.
Línea del tiempo
- 6/9/2011Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas
- 5/3/2011Publicación - Gaceta: 225/11
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Documento Gaceta
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/28/2011Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas