Por la cual se tipifica la alteración fraudulenta del ordenamiento territorial, se crea el Registro Nacional de Modificaciones del Uso del Suelo y se dictan otras disposiciones. [Control penal al tráfico del suelo]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 267/26

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Ordenamiento Territorial y regiones

Tema secundario: Notariado y registro

Cuatrienio: 2026 - 2030

Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

El proyecto persigue tres decisiones. Primera, tipificar como delito autónomo la alteración fraudulenta del ordenamiento territorial, conocida como volteo de tierras, mediante la adición de los artículos 318A y 318B al Código Penal, en el capítulo que ya alberga la urbanización ilegal. Segunda, crear un registro nacional, público y gratuito de las modificaciones del uso del suelo, que hoy no existe y sin el cual ni los organismos de control ni la ciudadanía pueden seguir la traza de esas decisiones. Tercera, elevar a rango legal deberes de publicidad y motivación sobre las iniciativas de revisión y modificación de los planes de ordenamiento territorial. El proyecto no crea entidades, no redistribuye competencias entre la Nación y las entidades territoriales y no interfiere en la facultad de los concejos de reglamentar los usos del suelo. Interviene sobre tres cosas: lo que debe hacerse público, lo que debe quedar registrado y lo que debe ser castigado.


Línea del tiempo

  • 8/31/2026
    Publicación - Gaceta: 1166/26

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 8/25/2026
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas