Por medio de la cual las víctimas de abuso sexual por parte de sus padres no estarán obligadas a asistirlos económicamente. [Exoneración alimentaria para víctimas de abuso sexual]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 168/26
Tema principal: Familia, Inclusión y Curso de Vida
Tema secundario: Justicia
Cuatrienio: 2026 - 2030
Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto proteger a las personas que hayan sido víctimas de abuso sexual por parte de sus padres, evitando que, como consecuencia de tales hechos, se vean posteriormente obligadas a brindarles asistencia económica o alimentos. Para ello, se adiciona un parágrafo al artículo del Código Civil, a fin de establecer que los delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales cometidos por el padre o la madre contra sus hijos biológicos, adoptivos o de crianza, constituyen injuria atroz y dan lugar a la exoneración total y definitiva de la obligación alimentaria respecto del progenitor condenado. La presente ley busca proteger la dignidad humana, la integridad personal y los derechos de quienes hayan sido víctimas de violencia sexual durante la infancia, la adolescencia o en cualquier otra etapa de su vida, y evitar su revictimización dentro de los procedimientos judiciales o administrativos relacionados con la fijación, reconocimiento, modificación, revisión, exoneración o exigibilidad de alimentos.
Línea del tiempo
- 9/15/2026Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1293/26
Primer debate
- 8/19/2026Publicación - Gaceta: 1068/26
Sin anotaciones
- 8/13/2026Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas