Por medio de la cual se adiciona dos parágrafos al artículo 91 de la Ley 1708 de 2014 “Código de Extinción de Dominio” en beneficio de la primera infancia y se dictan otras disposiciones. [Bienes en extinción para primera infancia]

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 99/23

Tema principal: Justicia

Tema secundario: Bienestar y pobreza

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2023 - Jul 2024

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

La presente Ley tiene por objeto, facultar a la Sociedad de Activos Especiales (S.A.E.), para que dentro de la autonomía administrativa y disposición de los bienes producto del ejercicio de la acción de extinción de dominio, reserve una partida equivalente al cinco por ciento (5%) de estos con el objetivo de que los Entes Territoriales y/o las demás autoridades competentes en materia de primera infancia y jardines infantiles públicos, dispongan de algunos de los bienes mencionados para que sobre estos funcionen nuevas sedes de cuidado infantil o permitan la financiación de la construcción de los mismos.


Línea del tiempo

  • 9/29/2023
    Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1353/23

    Primer debate


    Documento Gaceta


    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



    Comisiones asociadas


  • 8/22/2023
    Publicación - Gaceta: 1117/23

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Senado de la República


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 8/15/2023
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Senado de la República


        Ponentes



          Comisiones asociadas