Por medio de la cual se adoptan medidas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud para mejorar el flujo de recursos y se dictan otras disposiciones. [Flujo de recursos en el Sistema de Salud]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 106/12
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Economía
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2012 - Jul 2013
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La totalidad de recursos que financian y cofinancian el régimen subsidiado en salud serán girados, desde cada una de sus fuentes, al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para su administración y giro directo por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, conforme a la reglamentación que para estos efectos expida el Gobierno Nacional.
El Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), llevará una cuenta individual para cada entidad territorial "distrito, municipio y departamento", en la cual se registrarán todos movimientos de los recursos que financian y cofinancian el régimen subsidiado.
El giro de recursos del régimen subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), se efectuará desde estas cuentas, en nombre de las entidades territoriales, las cuales deberán presupuestar y ejecutar dichos recursos, sin situación de fondos.
Línea del tiempo
- 10/24/2012Acumulado - Gaceta: 723/12
Ver PL 135/12 Cámara; 119/12 Senado
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/29/2012Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/29/2012Publicación - Gaceta: 565/12
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas