Por medio de la cual se adoptan medidas para la protección y el fortalecimiento productivo de los sectores nacionales de marroquinería, cuero, calzado, textiles, confecciones y artesanías, se establece su adquisición obligatoria en la compra pública y se dictan otras disposiciones. [Compra pública y fomento textil, marroquinero y artesanal]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 20/26
Tema principal: Comercio, industria y turismo
Tema secundario: Administración pública
Cuatrienio: 2026 - 2030
Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto adoptar medidas para proteger y fortalecer la productividad, competitividad, formalización, sostenibilidad, asociatividad, formación del talento humano y comercialización de los sectores nacionales de marroquinería, cuero, calzado, textiles, confecciones y artesanías. Para el cumplimiento de este propósito, se establece la adquisición obligatoria de bienes nacionales pertenecientes a estos sectores por parte de las entidades públicas, cuando exista oferta nacional que cumpla las condiciones previstas en la presente ley. Asimismo, se promoverán programas orientados a mejorar los procesos productivos, reducir costos operativos, facilitar el acceso a tecnologías y, bienes de capital y fortalecer la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas, los emprendimientos, los artesanos, los trabajadores por cuenta propia, las organizaciones asociativas y las unidades productivas de pequeña escala formalizadas o en proceso de formalización.