Por medio de la cual se crean las colegiaturas de abogados litigantes y se reglamenta su funcionamiento.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 59/02

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Educación, cultura, ciencia y tecnología

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Las Colegiaturas de Abogados Litigantes tendrán como objetivo llevar el registro jurídico único y de acreditación de los Abogados titulados que ejerzan exclusivamente la profesión litigiosa en los despachos judiciales y entidades de la administración pública. El Registro Jurídico Único tendrá por objeto llevar la inscripción de los Abogados Litigantes con dedicación exclusiva al litigio profesional. Será público y de obligatorio cumplimiento para ejercer la profesión, el cual deberá ser renovado anualmente.

Línea del tiempo

  • 6/20/2003
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 10/22/2002
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 469/02

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 9/11/2002
      Publicación - Gaceta: 376/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 9/6/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Sin corporación


          Ponentes



            Comisiones asociadas