Por medio de la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Impuesto Predial Unificado.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 57/01

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Impuestos

Tema secundario: Administración pública

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El proyecto propone unificar los criterios y los procedimientos y ajustar los procesos de cobro del Impuesto Predial al desarrollar un modelo técnico y universal que aplique a todos los municipios a nivel nacional. Le deja a los Concejos Municipales la potestad de determinar las tarifas del Impuesto Predial, pero les da la herramienta del modelo técnico que les permite observar el comportamiento impositivo dentro de la clasificación Predial. Para determinar la tarifa del Impuesto Predial Unificado, se tendrá en cuenta la siguiente fórmula: Ti=[Tmin * Rmax+ (Tmax-Tmin)*Ri]/Rmax En donde: Ti= Tarifa del predio i, que en términos generales será la tarifa la cual se multiplicará por el avalúo y se dividirá por mil. Tmax= Tarifa Máxima para cada clasificación económica de los predios, en lo correspondiente a los predios habitacionales. Será determinada una tarifa máxima por estrato, la fijará el Concejo Municipal. Tmin= Tarifa Mínima para cada clasificación económica de los predios, en lo correspondiente a los predios habitacionales. Será determinada una tarifa mínima por estrato, la fijará el Concejo Municipal. Rmax= Es la mayor relación de las sumas acumuladas de los logaritmos para cada clasificación económica de los predios. Ri= Valor del predio i. Se calcula después de dividir el avalúo del predio i por el predio inmediatamente inferior. Una vez realizadas todas las divisiones se determinará el logaritmo neperiano para cada una de ellas. El predio del avalúo mínimo se dividirá por él mismo para que dé la Unidad. El valor de Ri será igual a la suma acumulada del logaritmo del predio i con el inmediatamente anterior.

Línea del tiempo

  • 6/5/2002
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 8/10/2001
      Publicación - Gaceta: 374/01

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/3/2001
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas