Por medio de la cual se dictan unas medidas en materia de austeridad en el gasto público.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 97/04

No. de proyecto en Senado: 212/05

Tema principal: Administración pública

Tema secundario: Economía

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2004 - Jul 2005

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El proyecto de ley en mención tiene como objetivo complementar las normas ya existentes en materia de control del gasto público y consolidar las buenas prácticas de austeridad. Para esto, el proyecto contempla la reducción de algunos gastos de considerable impacto en el presupuesto de las distintas entidades públicas del país, las entidades territoriales y sus entes descentralizados: 1. Prohíbe la tenencia y uso de tarjetas de crédito empresariales con cargo al tesoro público, en todas las entidades del Estado. En el informe de ponencia para primer debate, se propuso exceptuar de dicha medida al Presidente de la República y a los funcionarios de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República; sin embargo, los miembros de la Comisión Tercera aprobaron una proposición, presentada por el honorable Representante Wilson Borja, en el sentido de eliminar el parágrafo del artículo 1º, el cual precisamente contenía la excepción. 2. Limita los gastos anuales de representación y de relaciones públicas de los jefes y representantes legales de las entidades estatales, a sólo dos veces el salario básico mensual devengado por el respectivo funcionario, toda vez que este tipo de erogaciones no pueden constituirse en una fuente exagerada de gasto dentro del presupuesto de las distintas entidades públicas. 3. Restringe el pago de viáticos y gastos de viaje al exterior para los funcionarios públicos. En tal sentido solo se reconoce el 40% de los gastos cuando los costos del viaje son asumidos de manera parcial por la entidad que realiza la invitación (Gobierno extranjero, organismo multilateral o de cooperación, entre otros). Si los gastos son cubiertos en su totalidad, se sobreentiende que no es necesario sufragarlos una vez más. 4. Exige que la junta directiva de la respectiva entidad pública autorice los viajes al exterior de los representantes legales de Empresas Industriales y Comerciales del Estado y demás entidades descentralizadas del sector estatal, los cuales al regreso de su viaje, están obligados a presentar a la junta directiva, un informe de las actividades realizadas en su misión oficial y los resultados alcanzados para la entidad. Estas medidas buscan ejercer mayor control sobre las gestiones de los funcionarios públicos en el exterior y los beneficios que estos reportan para la institución. 5. La propuesta igualmente establece que a ningún servidor público le será asignado más de un vehículo, con excepción del Presidente de la República y de aquellos funcionarios que cuentan con escoltas.

Línea del tiempo

  • 6/21/2006
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

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      • 12/15/2005
        Aprobado Segundo Debate - Gaceta: 28/06

        Plenaria Cámara


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          • 10/18/2005
            Publicada Ponencia Segundo Debate - Gaceta: 711/05

            Segundo debate


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            • 6/8/2005
              Aprobado Primer Debate - Gaceta: S/N

              Comisión III Cámara


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              • 5/25/2005
                Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 302/05

                Primer debate


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                • 8/5/2004
                  Publicación - Gaceta: 403/04

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                    • 8/3/2004
                      Radicado - Gaceta: S/N

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