Por medio de la cual se establece el Plan Obligatorio de Talento Local, los pisos mínimos de vinculación de mano de obra local calificada y no calificada, la formación anticipada para el trabajo, la ruta preferente de empleo local y la diversificación productiva territorial en los proyectos de hidrocarburos, minería, infraestructura de transporte y agroindustria de gran escala, y se dictan otras disposiciones. [Plan Obligatorio de Talento Local]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 350/26

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Laboral

Tema secundario: Ordenamiento Territorial y regiones

Cuatrienio: 2026 - 2030

Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

La presente ley tiene por objeto establecer un Plan Obligatorio de Talento Local, mecanismos de formación anticipada para el trabajo, una ruta preferente de empleo local, encadenamientos con proveedores regionales y lineamientos de diversificación productiva territorial, aplicables a los titulares de proyectos de hidrocarburos, minería, infraestructura de transporte y agroindustria de gran escala, con el fin de que el aprovechamiento de los recursos y potencialidades de un territorio se traduzca en empleo formal, capital humano y competitividad para sus habitantes.


Línea del tiempo

  • 9/9/2026
    Radicado - Gaceta: S/N

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas