Por medio de la cual se establece el Plan Obligatorio de Talento Local, los pisos mínimos de vinculación de mano de obra local calificada y no calificada, la formación anticipada para el trabajo, la ruta preferente de empleo local y la diversificación productiva territorial en los proyectos de hidrocarburos, minería, infraestructura de transporte y agroindustria de gran escala, y se dictan otras disposiciones. [Plan Obligatorio de Talento Local]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 350/26
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Laboral
Tema secundario: Ordenamiento Territorial y regiones
Cuatrienio: 2026 - 2030
Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto establecer un Plan Obligatorio de Talento Local, mecanismos de formación anticipada para el trabajo, una ruta preferente de empleo local, encadenamientos con proveedores regionales y lineamientos de diversificación productiva territorial, aplicables a los titulares de proyectos de hidrocarburos, minería, infraestructura de transporte y agroindustria de gran escala, con el fin de que el aprovechamiento de los recursos y potencialidades de un territorio se traduzca en empleo formal, capital humano y competitividad para sus habitantes.
Línea del tiempo
- 9/9/2026Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
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