Por medio de la cual se establece la obligación de dispensadores de condones en establecimientos públicos y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 181/06
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Bienestar y pobreza
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2006 - Jul 2007
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El presente proyecto de ley pretende hacer obligatorio la disposición de al menos un dispensador de condones en lugares como moteles, bares, residencias, hoteles, droguerías, entre otros. Para lo anterior dicta algunas medidas regulativas, como los precios del condón, los costos del dispensador, las entidades gubernamentales encargadas del control de la presente ley, entre otras.
Línea del tiempo
- 3/21/2007Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
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Corporación: Sin corporación
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- 11/23/2006Publicación - Gaceta: 562/06
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- 11/22/2006Radicado - Gaceta: S/N
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