Por medio de la cual se establece la realización obligatoria del examen médico preocupacional o de admisión a los trabajadores por parte de los administradores de riesgos profesionales.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 245/06
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Laboral
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2005 - Jul 2006
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los empleadores afiliados o no a los sistemas de previsión y seguridad social, deberán ordenar de manera obligatoria la práctica de exámenes médicos preocupacionales o de admisión a la totalidad de sus trabajadores, de conformidad con las disposiciones vigentes, con el propósito de determinar la aptitud física y me ntal del trabajador para la labor u oficio que vaya a desempeñar y las condiciones ambientales en que su labor se vaya a ejecutar. La práctica de estos exámenes será realizada por la Administradora de Riesgos Profesionales A.R.P., con la cual el Empleador tenga convenio vigente al momento del ingreso del trabajador a su labor.
Línea del tiempo
- 7/20/2006Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 De 1992
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- 3/2/2006Publicación - Gaceta: 37/06
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- 2/15/2006Radicado - Gaceta: S/N
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