Por medio de la cual se interpreta por vía de autoridad legislativa el artículo 15, numeral 2 literal a) de la Ley 91 de 1989 - Pensión Gracia. [Pensión de gracia para educadores]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 454/24
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Laboral
Tema secundario: Educación, cultura, ciencia y tecnología
Cuatrienio: 2022 - 2026
Legislatura: Legislatura Jul 2024 - Jul 2025
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El presente proyecto de ley tiene por objeto que el Congreso de la República, como intérprete de autoridad de la ley, haga una interpretación del artículo 15, numeral 2 literal a) de la Ley 91 de 1989, relacionado con la pensión gracia de educadores oficiales, dado que dicha norma ha recibido interpretaciones contradictorias por parte de los órganos que administran justicia, específicamente en cuanto a la validez de tiempos nacionales.
Línea del tiempo
- 2/24/2025Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 163/24
Primer debate
- 12/12/2024Publicación - Gaceta: 2220/24, 59/25
Sin anotaciones
- 12/10/2024Radicado - Gaceta: 2236/24
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas