Por medio de la cual se interpreta por vía de autoridad legislativa el artículo 15, numeral 2 literal a) de la Ley 91 de 1989 - Pensión Gracia. [Pensión de gracia para educadores]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 454/24

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Laboral

Tema secundario: Educación, cultura, ciencia y tecnología

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2024 - Jul 2025

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

El presente proyecto de ley tiene por objeto que el Congreso de la República, como intérprete de autoridad de la ley, haga una interpretación del artículo 15, numeral 2 literal a) de la Ley 91 de 1989, relacionado con la pensión gracia de educadores oficiales, dado que dicha norma ha recibido interpretaciones contradictorias por parte de los órganos que administran justicia, específicamente en cuanto a la validez de tiempos nacionales.


Línea del tiempo

  • 2/24/2025
    Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 163/24

    Primer debate


    Documento Gaceta


    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



    Comisiones asociadas


  • 12/12/2024
    Publicación - Gaceta: 2220/24, 59/25

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 12/10/2024
        Radicado - Gaceta: 2236/24

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas