Por medio de la cual se modifica el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140, se deroga el artículo 117 del Código Civil y se dictan otras disposiciones. [Prohíbe el matrimonio con menores de edad]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 164/23

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Familia

Tema secundario: Justicia

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2023 - Jul 2024

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

La presente ley tiene como objeto modificar el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140 y derogar el artículo 117 del Código Civil, que regulan la capacidad y consentimiento para el matrimonio, eliminando del Código Civil la posibilidad de contraer matrimonio con persona menor de 18 años y se crea la política pública encaminada a sensibilizar y divulgar los efectos, causas y consecuencias de contraer matrimonio o uniones maritales de hecho con menores de 18 años.


Línea del tiempo

  • 9/15/2023
    Acumulado - Gaceta: S/N

    Ver PL 155/23 Cámara


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 9/14/2023
      Publicación - Gaceta: 1262/23

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/23/2023
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas