Por medio de la cual se modifica el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140, se deroga el artículo 117 del Código Civil y se dictan otras disposiciones. [Prohíbe el matrimonio con menores de edad]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 164/23
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Familia
Tema secundario: Justicia
Cuatrienio: 2022 - 2026
Legislatura: Legislatura Jul 2023 - Jul 2024
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene como objeto modificar el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140 y derogar el artículo 117 del Código Civil, que regulan la capacidad y consentimiento para el matrimonio, eliminando del Código Civil la posibilidad de contraer matrimonio con persona menor de 18 años y se crea la política pública encaminada a sensibilizar y divulgar los efectos, causas y consecuencias de contraer matrimonio o uniones maritales de hecho con menores de 18 años.
Línea del tiempo
- 9/15/2023Acumulado - Gaceta: S/N
Ver PL 155/23 Cámara
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 9/14/2023Publicación - Gaceta: 1262/23
Sin anotaciones
- 8/23/2023Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas