Por medio de la cual se modifica el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140, se deroga el artículo 117 del Código Civil y se dictan otras disposiciones. [Matrimonio de menores de edad]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 209/19
Tema principal: Notariado y registro
Tema secundario: Familia
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2019 - Jul 2020
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene como objeto modificar el artículo 116, el numeral 2 del artículo 140 y derogar el artículo 117 del Código Civil, que regulan la capacidad y consentimiento para el matrimonio, eliminado del Código Civil la posibilidad de contraer matrimonio con persona menor de 18 años y se crea la política pública encaminada a sensibilizar y divulgar los efectos, causas y consecuencias de contraer matrimonio o uniones maritales de hecho con meno-res de 18 años.
Línea del tiempo
- 6/19/2020Archivado en Debate - Gaceta: 778/20
Art 157 Ley 5 de 1992 Com I Senado
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 12/2/2019Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1173/19
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 9/26/2019Publicación - Gaceta: 941/19
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/24/2019Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas