Por medio de la cual se modifica el artículo 141 de la Ley 142 de 1994.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 53/07
Tema principal: Servicios Públicos
Tema secundario: Justicia
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2007 - Jul 2008
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El presente proyecto de ley modifica el artículo 141 de la Ley 142 de 1994. Específicamente, se les permites a las empresas de servicios públicos domiciliarios suspender el servicio en el caso de acometidas fraudulentas, siendo calificado como hurto cuando tal caso se presente con la energía eléctrica.
Línea del tiempo
- 4/23/2008Archivado en Debate - Gaceta: S/N
Art 157 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
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- 2/21/2008Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 70/08
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Corporación: Sin corporación
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- 8/3/2007Publicación - Gaceta: 367/07
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Corporación: Sin corporación
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- 8/1/2007Radicado - Gaceta: S/N
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