Por medio de la cual se modifica el artículo 141 de la Ley 142 de 1994.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 53/07

Tema principal: Servicios Públicos

Tema secundario: Justicia

Cuatrienio: 2006-2010

Legislatura: Legislatura Jul 2007 - Jul 2008

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El presente proyecto de ley modifica el artículo 141 de la Ley 142 de 1994. Específicamente, se les permites a las empresas de servicios públicos domiciliarios suspender el servicio en el caso de acometidas fraudulentas, siendo calificado como hurto cuando tal caso se presente con la energía eléctrica.

Línea del tiempo

  • 4/23/2008
    Archivado en Debate - Gaceta: S/N

    Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 2/21/2008
        Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 70/08

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/3/2007
          Publicación - Gaceta: 367/07

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Sin corporación


          Ponentes



            Comisiones asociadas


            • 8/1/2007
              Radicado - Gaceta: S/N

              Sin anotaciones


              Documento Gaceta


              No disponible

              Corporación: Sin corporación


              Ponentes



                Comisiones asociadas