Por medio de la cual se modifica el artículo 167 de la Constitución Política (proyectos de ley objetados).
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 02/00
Tema principal: Rama Legislativa
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2000 - Jul 2001
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo
Sinapsis
El Presidente de la República no podrá objetar por razones de inconveniencia un proyecto de ley o acto legislativo cuando dichas razones no hayan sido expresadas por el gobierno nacional o por algunos de los Ministros del Despacho en el transcurso del trámite legislativo correspondiente, salvo cuando los motivos de inconveniencia sobrevengan con posterioridad a la aprobación legislativa respectiva.
Línea del tiempo
- 11/28/2000Archivado en Debate - Gaceta: 36/01
Com I Senado Art 157 Ley 5 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 10/9/2000Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 411/00
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 8/3/2000Publicación - Gaceta: 306/00
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/1/2000Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas