Por medio de la cual se modifica el artículo 29 de la Ley 600 de 1999.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 94/04
Tema principal: Justicia
Tema secundario: Rama Judicial
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2004 - Jul 2005
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El proyecto tiene como objeto establecer los requisitos de la denuncia, de la querella o de la petición . La denuncia, querella o petición se hará bajo juramento, verbalmente o por escrito, dejando constancia del día y hora de su presentación y contendrá una relación detallada de los hechos que conozca el denunciante. Este deberá manifestar, si le consta, que los mismos hechos ya han sido puestos en conocimiento de otro funcionario. Si la denuncia fuere escrita, el juramento se entenderá prestado por la sola presentación de la misma.
Se inadmitirán las denuncias sin fundamento y las anónimas que no suministren pruebas que permitan encauzar la investigación, las que serán archivadas mediante decisión motivada.
Línea del tiempo
- 8/27/2004Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 De 1992
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas
- 8/26/2004Publicación - Gaceta: 469/04
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Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/24/2004Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas