Por medio de la cual se modifica el artículo 50 de la Ley 418 de 1997 prorrogada mediante la Ley 548 de 1999 (menores en el conflicto armado).

Información general


No. de proyecto en Cámara: 43/02

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Conflicto armado

Tema secundario: Bienestar y pobreza

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2002 - Jul 2003

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los menores de 18 años que en cualquier condición hayan participado del conflicto armado gozarán de especial atención, y serán titulares de todos los beneficios jurídicos y socioeconómicos contemplados en la presente ley. El Gobierno Nacional podrá conceder en cada caso particular el beneficio de indulto a los menores de edad nacionales que hubieren sido condenados mediante sentencia ejecutoriada, por hechos constitutivos de delitos políticos de rebelión, sedición, asonada, conspiración y los conexos a estos sin importar si la organización armada al margen de la ley de la cual haya formado parte tenga reconocido su carácter político.

Línea del tiempo

  • 11/28/2002
    Archivado en Debate - Gaceta: 66/03

    Com I Cámara Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 10/18/2002
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 456/02

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 9/5/2002
      Publicación - Gaceta: 364/02

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/28/2002
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas