Por medio de la cual se modifica el parágrafo 2° del artículo 6° de la Ley 1232 de 2008 para facilitar el acceso de las madres cabeza de hogar al sector productivo y se dictan otras disposiciones. [Créditos para madres cabeza de hogar]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 64/13
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Economía
Tema secundario: Mujer
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2013 - Jul 2014
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La banca de oportunidades financiará de manera prioritaria a las madres cabeza de familia, con créditos desde uno (1) hasta (5) cinco, salarios mínimos legales vigentes, sin exigir para ello tiempo mínimo de funcionamiento del proyecto productivo, esto previa presentación y estudio de factibilidad del plan individual de negocios, igualmente se otorgará a las madres cabeza de hogar, créditos individuales para aplicación en proyectos colectivos, el monto de dichos créditos será de cinco (5) hasta (10) diez salarios mínimos legales vigentes, plazo de pago entre 12 y 48 meses con un periodo de gracia de 2 meses, teniendo como intereses máximo el DTF + los puntos mínimos ATA, establecidos al momento de la solicitud del crédito, con cuotas de amortización variable.
Línea del tiempo
- 11/28/2013Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art. 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/16/2013Publicación - Gaceta: 625/13
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/15/2013Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas