Por medio de la cual se modifica el parágrafo segundo y se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 606 del Estatuto Tributario.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 123/09
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Economía
Tema secundario: Impuestos
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2009 - Jul 2010
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los contribuyentes del Régimen Tributario Especial a que se refiere el numeral 1 del artículo 19 del Estatuto Tributario y las entidades no contribuyentes que se mencionan en el ar tículo 23 del mismo Estatuto, que no hayan presentado las declaraciones de retención en la fuente en los meses que no realizaron pagos sujetos a retención, desde julio del 2006 y lo hagan dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta ley, no deberán liquidar las sanciones por extemporaneidad a las que se refieren los artículos 641 y 642 del Estatuto Tributario.
Línea del tiempo
- 6/20/2011Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/27/2010Publicada Ponencia Segundo Debate - Gaceta: 196/10
Segundo debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 12/15/2009Aprobado Primer Debate - Gaceta: 763/10, 29/10
Comisión III Cámara
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 11/25/2009Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1218/09
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/20/2009Publicación - Gaceta: 762/09
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/19/2009Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas