Por medio de la cual se modifica la Ley 181 de 1995 y las disposiciones que resulten contrarias y se dictan otras disposiciones en relación con el deporte profesional. [Clubes deportivos]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 73/10

No. de proyecto en Senado: 201/10

Tema principal: Recreación y deporte

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 2010-2014

Legislatura: Legislatura Jul 2010 - Jul 2011

Iniciativa: Gubernamental

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los clubes con deportistas profesionales deberán organizarse como corporaciones o asociaciones deportivas sin ánimo de lucro de las previstas en el Código Civil o sociedades anónimas de que trata el Código de Comercio. Las acciones que emitan las sociedades mencionadas, preferiblemente serán objeto de oferta pública en los términos del artículo 1.1.2.1 y 1.1.2.2, de la resolución número 400 de 1995 de la Superintendencia Financiera o la norma que la modifique, sustituya o derogue, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 388 del Código de Comercio. La negociación de dichas acciones podrá realizarse a través de la Bolsa de Valores.

Autores


Ministro del Interior y de Justicia. Germán Vargas Llerasnull

Ministro del Interior y de Justicia. Germán Vargas Lleras


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