Por medio de la cual se modifica la Ley 310 de 1996 y se fijan porcentajes de financiacion y garantías.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 259/02
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Impuestos
Tema secundario: Tránsito y transporte
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Las entidades territoriales participantes en el Sistema de Servicio Público Urbano del transporte masivo de pasajeros de la ciudad de Medellín y el Valle de Aburrá, deberán pignorar rentas que garanticen un treinta (30%) por ciento del valor presente del servicio de la deuda a su cargo, de todos los créditos que se hayan contraído o se encuentre contratados o que están o estuvieron garantizados o avalados por la Nación, para la financiación de este sistema cualquiera sea el estado de amortización en el que se encuentren. La Nación y sus entidades descentralizadas por servicios cofinanciarán o participarán con el setenta por ciento (70%) restante del servicio de la deuda. Para la pignoración de las rentas a que se refiere el inciso anterior, las entidades territoriales involucradas continuarán utilizando las rentas que hasta el momento han servido de garantía para la Nación. Para efectos del inciso anterior, el monto de la pignoración de la renta proveniente del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco se reducirá al cuarenta por ciento (40%) de su valor.
Línea del tiempo
- 6/20/2002Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 6/5/2002Publicación - Gaceta: 205/02
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 5/31/2002Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Cámara de Representantes
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Comisiones asociadas