Por medio de la cual se modifica parcialmente el artículo 3 de la Ley 163 de 1994.

Información general


No. de proyecto en Cámara: 286/06

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Organización Electoral y elecciones

Tema secundario: Participación ciudadana

Cuatrienio: 2002-2006

Legislatura: Legislatura Jul 2005 - Jul 2006

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
Los familiares, a saber: cónyuge, compañero(a) permanente, descendientes mayores de edad y ascendientes, de los miembros de la Fuerza Pública, que en virtud de las figuras del traslado, comisión o encargo no alcancen a inscribir sus cédulas para los comicios electorales durante el tiempo previsto por la Registraduría Nacional del Estado Civil, podrán inscribirse extemporáneamente en el nuevo lugar de residencia en la organización electoral que corresponda. La Registraduría Nacional del Estado Civil determinará las condiciones y requisitos necesarios para hacer efectivo este derecho. El interesado puede hacer valer este derecho hasta en un tiempo máximo de 90 días, término que empezará a correr desde el día en que se haga la notificación del oficio que comunica el Traslado, la Comisión o el Encargo.

Línea del tiempo

  • 6/21/2006
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 6/7/2006
        Publicación - Gaceta: 166/06

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Sin corporación


        Ponentes



          Comisiones asociadas


          • 6/6/2006
            Radicado - Gaceta: S/N

            Sin anotaciones


            Documento Gaceta


            No disponible

            Corporación: Sin corporación


            Ponentes



              Comisiones asociadas