Por medio de la cual se modifica parcialmente el artículo 3 de la Ley 163 de 1994.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 286/06
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Organización Electoral y elecciones
Tema secundario: Participación ciudadana
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2005 - Jul 2006
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los familiares, a saber: cónyuge, compañero(a) permanente, descendientes mayores de edad y ascendientes, de los miembros de la Fuerza Pública, que en virtud de las figuras del traslado, comisión o encargo no alcancen a inscribir sus cédulas para los comicios electorales durante el tiempo previsto por la Registraduría Nacional del Estado Civil, podrán inscribirse extemporáneamente en el nuevo lugar de residencia en la organización electoral que corresponda.
La Registraduría Nacional del Estado Civil determinará las condiciones y requisitos necesarios para hacer efectivo este derecho. El interesado puede hacer valer este derecho hasta en un tiempo máximo de 90 días, término que empezará a correr desde el día en que se haga la notificación del oficio que comunica el Traslado, la Comisión o el Encargo.
Línea del tiempo
- 6/21/2006Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 6/7/2006Publicación - Gaceta: 166/06
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 6/6/2006Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas