Por medio de la cual se modifica temporal y parcialmente la financiación del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, definida en el artículo 6 de la Ley 1636 de 2013; y se faculta a las cajas de compensación familiar a destinar recursos para el saneamiento de pasivos en salud y/o el cumplimiento de las condiciones financieras aplicables a las EPS. [Modificación financiación del Fospec]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 237/18

No. de proyecto en Senado: 215/18

Tema principal: Seguridad Social y salud

Tema secundario: Economía

Cuatrienio: 2014-2018

Legislatura: Legislatura Jul 2017 - Jul 2018

Iniciativa: Gubernamental

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El objeto de la presente ley es modificar temporalmente la financiación del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec), y habilitar a las Cajas de Compensación Familiar para que puedan usar parte de estos recursos para el saneamiento de pasivos en salud y/o el cumplimiento de las condiciones financieras aplicables a las EPS.

Autores


AlejandroGaviria Uribe

Alejandro Gaviria Uribe

Ministra del Trabajo. Griselda Janeth Restrepo Gallegonull

Ministra del Trabajo. Griselda Janeth Restrepo Gallego


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