Por medio de la cual se modifican y adicionan los artículos 16, 24, 28, 33 y 34 de la Ley 820 de 2003, se crea el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana -RABI- y se dictan otras disposiciones. [Crea el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana, RABI]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 138/19
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Vivienda
Tema secundario: Administración pública
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2019 - Jul 2020
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto modificar los artículos 16, 24, 28, 33 y 34 de la Ley 820 de 2003, referentes a la prohibición de depósitos y similares, a las personas dedicadas a ejercer la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, a la inspección, control y vigilancia en materia de arrendamientos de vivienda urbana y a las sanciones que se pueden imponer en esta materia; así como, crear el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana -RABI-; y dictar otras disposiciones.
Línea del tiempo
- 8/26/2019Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/16/2019Publicación - Gaceta: 755/19
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/13/2019Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas