Por medio de la cual se modifican y adicionan los artículos 16, 24, 28, 33 y 34 de la Ley 820 de 2003, se crea el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana -RABI- y se dictan otras disposiciones. [Crea el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana, RABI]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 138/19

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Vivienda

Tema secundario: Administración pública

Cuatrienio: 2018-2022

Legislatura: Legislatura Jul 2019 - Jul 2020

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La presente ley tiene por objeto modificar los artículos 16, 24, 28, 33 y 34 de la Ley 820 de 2003, referentes a la prohibición de depósitos y similares, a las personas dedicadas a ejercer la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, a la inspección, control y vigilancia en materia de arrendamientos de vivienda urbana y a las sanciones que se pueden imponer en esta materia; así como, crear el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana -RABI-; y dictar otras disposiciones.

Línea del tiempo

  • 8/26/2019
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 8/16/2019
      Publicación - Gaceta: 755/19

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 8/13/2019
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas