Por medio de la cual se prohíbe la gestación subrogada en el territorio nacional, se previene la explotación reproductiva de la mujer y la trata de niñas y niños con fines reproductivos, se establece un régimen de control sobre las técnicas de reproducción humana asistida vinculadas a dicha práctica, y se dictan otras disposiciones. [Prohíbe la gestación subrogada]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 52/26
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Mujer
Tema secundario: Familia, Inclusión y Curso de Vida
Cuatrienio: 2026 - 2030
Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley estatutaria tiene por objeto prohibir, en todo el territorio nacional, la gestación subrogada con fines lucrativos, así como la intermediación, captación, publicidad y promoción comercial vinculadas a dicha práctica; prevenir la explotación reproductiva de la mujer y la trata de niñas y niños con fines reproductivos; sujetar a control sanitario, registral y judicial las técnicas de reproducción humana asistida cuando se relacionen con la gestación por sustitución; y establecer las garantías de protección de la mujer gestante y del niño o niña nacido bajo esta modalidad.