Por medio de la cual se reconoce el ritmo y la danza del Fandango de la Sabana de la Región Caribe como manifestación del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación y se dictan otras disposiciones. [Fandango de la Sabana como patrimonio]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 309/20
Tema principal: Celebraciones, honores y monumentos
Tema secundario:
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2020 - Jul 2021
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Declara a la mencionada expresión cultural y artística, como parte del Patrimonio Cultural e Inmaterial de la Nación; se faculta al Ministerio de Cultura para establecer e implementar un Plan Especial de Salvaguardia según lo dispuesto en la Ley 397 de 1997; se busca declarar el día 20 de enero como el día nacional del Fandango de Sincelejo -Sucre y, autorizar a la nación para asignar recursos presupuestales que propendan por el fomento y la protección de las muestras culturales referidas en la presente Ley.
Línea del tiempo
- 12/2/2021Aprobado Segundo Debate - Gaceta: S/N
PENDIENTE DE RENDIR PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE SENADO
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 2/11/2021Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 15/21
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 10/13/2020Publicación - Gaceta: 1096/20
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 10/1/2020Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas