Por medio de la cual se reforma el artículo 133 de la Ley 599 del 24 de julio de 2000.

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 97/01

Tema principal: Educación, cultura, ciencia y tecnología

Tema secundario: Justicia

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 2001 - Jul 2002

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
El que por cualquier medio genere, intente o patrocine clonación en seres humanos incurrirá en prisión de 4 a 8 años. Se entiende por clonación humana, la reproducción humana asexual, lograda al introducir material nuclear de una célula somática humana en un cigoto del cual su material nuclear ha sido removido o inactivado para producir un organismo viviente, en cualquier estado de desarrollo, genéticamente idéntico a un organismo previamente existente. En la misma pena incurrirá el que importe, exporte o trafique con embriones producidos por clonación humana o por cualquier otro producto derivado de embriones de origen humano.

Línea del tiempo

  • 12/15/2001
    Archivado en Debate - Gaceta: S/N

    Com I Senado Art 157 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 12/14/2001
      Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 67/02

      Primer debate


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Sin corporación


      Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 9/6/2001
      Publicación - Gaceta: 438/01

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Senado de la República


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 9/4/2001
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Senado de la República


          Ponentes



            Comisiones asociadas