Por medio de la cual se reforma el artículo 39 y 40 de la Ley 1617 de 2013, se establece la elección popular de alcaldes locales en los distritos especiales. [Elección de alcaldes en distritos especiales]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 290/13
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Rama Ejecutiva
Tema secundario:
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2012 - Jul 2013
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
En cada una de las localidades de los Distritos Especiales debidamente organizados habrá un alcalde local elegido por el voto directo de los ciudadanos de cada localidad, el mismo día de elección de alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles y su período será igual al del alcalde mayor.
Línea del tiempo
- 6/13/2013Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art. 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 4/22/2013Publicación - Gaceta: 219/13
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/17/2013Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
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Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas