Por medio de la cual se regula el ejercicio del derecho de petición ante organizaciones privadas, en los términos previstos en el artículo 23 de la Constitución Política.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 368/09
No. de proyecto en Senado: 184/08
Tema principal: Justicia
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2006-2010
Legislatura: Legislatura Jul 2008 - Jul 2009
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de ley Estatutaria
Sinapsis
El proyecto tiene como propósito regular el ejercicio del derecho de petición ante organizaciones privadas, a fin de asegurar la eficacia y supremacía de los derechos fundamentales. Entiéndase por organizaciones privadas cualquier persona jurídica, sin importar su denominación o razón social, cuya creación se realice de acuerdo con las disposiciones establecidas en el derecho privado, ya sea de naturaleza civil, mixta o de contenido estrictamente comercial.
Línea del tiempo
- 6/22/2009Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 5/26/2009Aprobado Segundo Debate - Gaceta: 402/09, 570/09
Plenaria Senado
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 5/13/2009Publicada Ponencia Segundo Debate - Gaceta: 314/09
Segundo debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/29/2009Aprobado Primer Debate - Gaceta: 314/09, 366/09
Comisión I Senado
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 11/13/2008Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 830/08
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 10/29/2008Publicación - Gaceta: 755/08
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 10/28/2008Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas