Por medio de la cual se regula la publicación de las encuestas. [Publicación de encuestas]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 132/10
Tema principal: Comercio, industria y turismo
Tema secundario: Asuntos administrativos
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los resultados que generen las empresas cuya actividad sea la de recaudar encuestas en relación con preferencias de orden electoral, podrán publicar sus datos hasta quince días antes del día de la respectiva elección. Estas empresas tendrán facultad para realizar encuestas a particulares, movimientos y partidos políticos hasta el último momento, pero no podrán ser divulgados por ningún medio a la opinión pública. Las empresas encuestadoras deberán contar con una auditoría externa que supervise y controle la toma de muestras, la ficha técnica y los resultados, toda vez que estén dirigidos, a informar preferencias del orden electoral.
Línea del tiempo
- 6/20/2011Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 11/18/2010Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 919/10
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Constitucionales
- 8/30/2010Publicación - Gaceta: 575/10
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas