Por medio del cual se adiciona el parágrafo 3 al artículo 160 de la ley 769 de 2002 modificado por el artículo 306 de la ley 1955 de 2019 y el decreto legislativo 575 de 2020. [Destinación recaudo multas]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 172/23

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Tránsito y transporte

Tema secundario: Economía

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2023 - Jul 2024

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

La presente ley tiene por objeto ajustar la legislación Colombiana en lo relacionado con la destinación específica de los recursos recaudados por concepto de multas y sanciones por infracciones de tránsito, en aras de lograr una estabilidad financiera de los organismos de tránsito, que garantice la continuidad de las actividades de educación vial, cultura ciudadana, regulación de la circulación vehicular y peatonal, vigilancia, control e intervención en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte; actividades que son su fin principal, incluso por sobre las relacionadas con la actualización del registro automotor. Lo anterior, en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 24 Constitucional.


Línea del tiempo

  • 11/21/2023
    Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1616/23

    Primer debate


    Documento Gaceta


    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



    Comisiones asociadas


  • 9/14/2023
    Publicación - Gaceta: 1262/23

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Cámara de Representantes


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 8/29/2023
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Cámara de Representantes


        Ponentes



          Comisiones asociadas