Por medio del cual se establece la obligación de dispensadores de condones en establecimientos públicos y se dictan otras disposiciones.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 330/05
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Seguridad Social y salud
Tema secundario: Bienestar y pobreza
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2004 - Jul 2005
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
El proyecto de ley tiene como objeto obligar a establecimientos públicos, afines con actividades comerciales y sociales, tales como clubes, residencias, moteles, bares, discotecas, tabernas, hoteles, casas de lenocinio, wiskerías, droguerías, misceláneas, paraderos, universidades y demás establecimientos públicos, a tener como mínimo un dispensador de condones, en un lugar visible, público y de fácil acceso, con el fin de que el usuario obtenga directamente el preservativo a un bajo costo. El proyecto recoge una serie de puntos en salud pública que al estudiarlos y enfocarlos en forma detallada denotan las consecuencias que causa en la población el bajo control de las enfermedades de transmisión sexual, embarazos no deseados de los menores y el difícil acceso de los jóvenes para poder adquirir métodos anticonceptivos, "condones".
Línea del tiempo
- 6/20/2005Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas
- 6/10/2005Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 366/05
Primer debate
Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/1/2005Publicación - Gaceta: 139/05
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Documento Gaceta
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Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 3/29/2005Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Sin corporación
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Comisiones asociadas