Por medio del cual se establece la prima de PAZ para los integrantes de las Fuerzas Militares y de Policía que no estén en zonas donde se desarrollen operaciones militares y policiales correspondiente al quince por ciento (15%) del sueldo básico que devenguen y se dictan otras disposiciones. [Prima de PAZ para militares y policías]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 91/17
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Seguridad, defensa y fuerza pública
Tema secundario: Economía
Cuatrienio: 2014-2018
Legislatura: Legislatura Jul 2017 - Jul 2018
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Busca que militares y de policías que no se encuentren dentro de las zonas donde se estén desarrollando operaciones militares y policiales tendrán derecho a una prima mensual denominada “PRIMA DE PAZ” que en este caso corresponderá al quince por ciento (15%) del sueldo básico que devenguen.
Línea del tiempo
- 4/24/2018Retirado por el Autor - Gaceta: 199/18, 385/18
Art 155 Ley 5 de 1992 Comisión VII Cámara
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 11/30/2017Concepto Institucional - Gaceta: 1126/17
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 9/20/2017Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 813/17
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/15/2017Publicación - Gaceta: 695/17
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/14/2017Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas