Por medio del cual se establece una exención tributaria para la adquisición maquinaria amarilla destinada al desarrollo, mantenimiento, conservación y rehabilitación de la red vial terciaria para la paz y productividad del país. [Exención tributaria para la adquisición maquinaria amarilla]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 125/24
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Impuestos
Tema secundario: Infraestructura
Cuatrienio: 2022 - 2026
Legislatura: Legislatura Jul 2024 - Jul 2025
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Se establece la exención del impuesto sobre las ventas -IVA- para el conjunto de bienes comúnmente denominados como maquinaria amarilla, siempre que esta sea adquirida por parte de los municipios y tenga como destino exclusivamente el desarrollo, mantenimiento, conservación y rehabilitación de la red vial terciaria para la productividad del país.El Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN reglamentará y creará los mecanismos y formularios necesarios para la devolución de dichos impuestos sobre las ventas -IVA-, cuando se den los actos jurídicos que permitan la adquisición de la maquinaria amarilla conforme a lo descrito en este artículo
Línea del tiempo
- 12/11/2024Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/15/2024Publicación - Gaceta: 1152/24
Sin anotaciones
- 7/31/2024Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas