Por medio del cual se establecen inhabilidades para acceder a cargos de elección popular.
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 96/98
Tema principal: Administración pública
Tema secundario: Partidos y movimientos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 1998 - Jul 1999
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los gobernadores de departamento, los secretarios de gobernación, los representantes legales de institutos descentralizados, los alcaldes o secretarios de alcaldía de ciudades capitales, los contralores departamentales y los alcaldes, secretarios de alcaldía o contralores municipales con una población superior a los 50 mil habitantes no podrán ser elegidos miembros del Congreso de la República, diputados, concejales o miembros de juntas administradoras locales sino 18 meses después de haber cesado en el ejercicio de sus funciones.
Línea del tiempo
- 6/20/1999Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/28/1998Publicación - Gaceta: 196/98
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 9/24/1998Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas