Por medio del cual se establecen inhabilidades para que los gobernadores departamentales no pueden participar en las elecciones siguientes al periodo para el que fueron elegidos.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 61/99
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Organización Electoral y elecciones
Tema secundario: Partidos y movimientos
Cuatrienio: 1998-2002
Legislatura: Legislatura Jul 1999 - Jul 2000
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Las incompatibilidades de los gobernadores tendrán vigencia durante el periodo constitucional respectivo. En caso de renuncia, se mantendrán durante el año siguiente a su aceptación si el lapso que faltare para el vencimiento del periodo fuere superior.
Línea del tiempo
- 6/20/2000Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 8/24/1999Publicación - Gaceta: 272/99
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/19/1999Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas