Por medio del cual se modifica el artículo 249 de la Constitución Política de Colombia. [Elección del fiscal]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 261/20

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Rama Judicial

Tema secundario: Rama Ejecutiva

Cuatrienio: 2018-2022

Legislatura: Legislatura Jul 2020 - Jul 2021

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo



Sinapsis

La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y los demás funcionarios que determine la ley. El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por el Presidente de la República, de terna enviada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía administrativa y presupuestal.


Línea del tiempo

  • 11/9/2020
    Retirado por el Autor - Gaceta: S/N

    Art 155 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 8/12/2020
      Publicación - Gaceta: 698/20

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 7/23/2020
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas