Por medio del cual se modifica el parágrafo del artículo 4 y se adiciona un inciso al literal A del artículo 7 de la Ley 56 de 1981.
Información general
No. de proyecto en Cámara: 216/05
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Infraestructura
Tema secundario: Economía
Cuatrienio: 2002-2006
Legislatura: Legislatura Jul 2005 - Jul 2006
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La compensación de que trata el literal a) del presente artículo se calculará aplicando a toda el área adquirida por la entidad propietaria –avaluada por el valor catastral promedio por hectárea, fijado por la autoridad competente– una tasa igual al 150% de la que corresponde al impuesto predial vigente para los predios rurales con vocación industrial o similar, para cada año en el que se cause la compensación, de acuerdo con la tarifa establecida por el Código o Acuerdo de Rentas en cada Municipio.
Línea del tiempo
- 6/21/2006Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
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- 12/2/2005Publicación - Gaceta: 860/05
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- 11/29/2005Radicado - Gaceta: S/N
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