Por medio del cual se modifica parcialmente el Código Penal Colombiano, Ley 599 de 2000. [Prescripción de la acción penal]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 82/13
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Justicia
Tema secundario:
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2013 - Jul 2014
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La acción Penal prescribirá en un tiempo igual al máximo de la pena fijada en la Ley, si fuere privativa de la libertad, pero en ningún caso será inferior a tres (3) años, ni excederá de veinte (20), salvo lo dispuesto en el inciso siguiente de este artículo. En las conductas punibles que tengan señalada pena no privativa de la libertad, la acción penal prescribirá
en tres (3) años.
Línea del tiempo
- 11/19/2013Retirado por el Autor - Gaceta: 86/14
Art. 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 10/8/2013Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 823/13
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 9/4/2013Publicación - Gaceta: 675/13
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 8/28/2013Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas