Por medio del cual se modifican los artículos 16, 22 y 27 de la Ley 472 de 1998 (acciones populares).

Información general


No. de proyecto en Cámara: 192/99

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Participación ciudadana

Tema secundario: Asuntos administrativos

Cuatrienio: 1998-2002

Legislatura: Legislatura Jul 1998 - Jul 1999

Iniciativa: Otras entidades

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
De las acciones populares conocerán en primera instancia los jueces administrativos y los jueces civiles del circuito, según la competencia que a estos se asigna aquí. En segunda instancia la competencia corresponderá al Tribunal Contencioso Administrativo o a la Sala Civil del Tribunal de Distrito Judicial al que pertenezca el juez de primera instancia.

Autores


Presidente del Consejo Superior de la Judicatura. Rómulo González Trujillonull

Presidente del Consejo Superior de la Judicatura. Rómulo González Trujillo


Línea del tiempo

  • 6/20/1999
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 3/29/1999
      Publicación - Gaceta: 28/99

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 3/24/1999
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas