Por medio del cual se otorga la licencia remunerada de dos días al trabajador por la muerte de su animal doméstico de compañía, de soporte emocional o de aquellos que cumplen la función de asistencia o servicio y se dictan otras disposiciones. [Licencia por luto animal]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 23/24
Tema principal: Laboral
Tema secundario: Agropecuario y agrícola
Cuatrienio: 2022 - 2026
Legislatura: Legislatura Jul 2024 - Jul 2025
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto establecer la obligación al empleador de otorgar al trabajador la licencia de luto animal remunerada de dos días por el fallecimiento de su animal doméstico de compañía, de soporte emocional o de aquellos que cumplen la función de asistencia o servicio; y el deber del trabajador de informar y registrar ante el empleador que dentro de su núcleo familiar existen animales que cumplen con las características que establece esta ley para acceder a la licencia.
Línea del tiempo
- 11/18/2024Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1980/24
Primer debate
- 9/9/2024Publicación - Gaceta: 1281/24
Sin anotaciones
- 7/23/2024Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas