Por medio del cual se otorga la licencia remunerada de dos días al trabajador por la muerte de su animal doméstico de compañía, de soporte emocional o de aquellos que cumplen la función de asistencia o servicio y se dictan otras disposiciones. [Licencia por luto animal]

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 23/24

Tema principal: Laboral

Tema secundario: Agropecuario y agrícola

Cuatrienio: 2022 - 2026

Legislatura: Legislatura Jul 2024 - Jul 2025

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis

La presente ley tiene por objeto establecer la obligación al empleador de otorgar al trabajador la licencia de luto animal remunerada de dos días por el fallecimiento de su animal doméstico de compañía, de soporte emocional o de aquellos que cumplen la función de asistencia o servicio; y el deber del trabajador de informar y registrar ante el empleador que dentro de su núcleo familiar existen animales que cumplen con las características que establece esta ley para acceder a la licencia.


Línea del tiempo

  • 11/18/2024
    Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 1980/24

    Primer debate


    Documento Gaceta


    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



    Comisiones asociadas


  • 9/9/2024
    Publicación - Gaceta: 1281/24

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Senado de la República


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 7/23/2024
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Senado de la República


        Ponentes



          Comisiones asociadas