Por medio del cual se prohíbe el cobro de los medidores o contadores para la prestación de servicios públicos domiciliarios en el territorio nacional a los suscriptores o usuarios (Instrumentos de Medición de Consumo) y se dictan otras disposiciones. [Prohíbe el cobro de contadores de servicios públicos]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 222/18
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Servicios Públicos
Tema secundario: Bienestar y pobreza
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2018 - Jul 2019
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios no podrán cobrar por el suministro, revisión, mantenimiento, reparación y cambio del medidor o contador a los usuarios o suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de agua potable, energía eléctrica y gas natural domiciliario en todo el territorio nacional, toda vez que el medidor o contador (instrumento de Medición de Consumo) forma parte de los costos requeridos para la operación del servicio, es utilizado por la empresa prestataria para cobrar el precio justo por el consumo de su servicio en un mercado regulado y es una herramienta fundamental para garantizar que el usuario pueda disponer del servicio con continuidad y con eficiencia.
Línea del tiempo
- 5/14/2019Archivado en Debate - Gaceta: 990/19
Art 157 Ley 5 de 1992 Com VI Cám
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 4/12/2019Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 235/19
Primer debate negativa
- 10/26/2018Publicación - Gaceta: 904/18
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 10/23/2018Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas