Por medio del cual se prohíbe el impuesto al patrimonio y se dictan otras disposiciones. [Fin al impuesto al patrimonio]

Información general


No. de proyecto en Cámara:

No. de proyecto en Senado: 14/26

Tema principal: Impuestos

Tema secundario: Administración pública

Cuatrienio: 2026 - 2030

Legislatura: Legislatura Jul 2026 - Jul 2027

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto Acto Legislativo



Sinapsis

Ningún impuesto, contribución, gravamen ni tributo de cualquier otra denominación, del orden nacional, departamental, distrital o municipal, podrá tener como hecho generador la mera tenencia, titularidad o posesión del patrimonio, capital o riqueza neta de las personas naturales o jurídicas, entendida esta como el resultado de restar del valor total de los activos el valor total de los pasivos en un momento o periodo determinado. La prohibición aplica a cualquiera que sea la denominación legal del tributo, su carácter permanente o temporal, y la naturaleza ordinaria o excepcional de la norma que lo establezca. Esta prohibición no comprende los tributos que recaen sobre bienes o derechos individualmente considerados y no sobre el patrimonio neto, ni los que gravan la renta, los rendimientos, las utilidades, las ganancias ocasionales, el consumo, las transacciones, las importaciones o las transferencias de dominio a título gratuito u oneroso.


Línea del tiempo

  • 9/10/2026
    Publicación - Gaceta: 1242/26

    Sin anotaciones


    Documento Gaceta


    Corporación: Senado de la República


    Ponentes



      Comisiones asociadas


      • 8/26/2026
        Radicado - Gaceta: S/N

        Sin anotaciones


        Documento Gaceta


        No disponible

        Corporación: Senado de la República


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