Por medio del cual se prohíbe la realización de llamadas falsas, bromistas, o generadoras de error al número de emergencia 123 en todo el territorio nacional. [Llamadas de emergencia, 123]

Información general


No. de proyecto en Cámara: 127/13

No. de proyecto en Senado:

Tema principal: Administración pública

Tema secundario:

Cuatrienio: 2010-2014

Legislatura: Legislatura Jul 2013 - Jul 2014

Iniciativa: Legislativa

Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley



Sinapsis
La presente ley tiene por objeto establecer sanciones administrativas para las personas que realicen llamadas falsas, bromistas, o generadoras de error al número de emergencia 123 administrado por la Policía Nacional en todo el territorio del Estado. Prohíbe la realización de llamadas falsas, bromistas, o generadoras de error al número de emergencia 123 administrado por la Policía Nacional en todo el territorio del Estado, por constituir infracciones administrativas muy graves.

Línea del tiempo

  • 6/20/2014
    Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N

    Art 190 Ley 5 de 1992


    Documento Gaceta


    No disponible

    Corporación: Sin corporación


    Ponentes



      Comisiones asociadas


    • 10/22/2013
      Publicación - Gaceta: 852/13

      Sin anotaciones


      Documento Gaceta


      No disponible

      Corporación: Cámara de Representantes


      Ponentes



        Comisiones asociadas


        • 10/17/2013
          Radicado - Gaceta: S/N

          Sin anotaciones


          Documento Gaceta


          No disponible

          Corporación: Cámara de Representantes


          Ponentes



            Comisiones asociadas