Por medio del cual se prohíbe la realización de llamadas falsas, bromistas, o generadoras de error al número de emergencia 123 en todo el territorio nacional. [Llamadas de emergencia, 123]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 127/13
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Administración pública
Tema secundario:
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2013 - Jul 2014
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto establecer sanciones administrativas para las personas que realicen llamadas falsas, bromistas, o generadoras de error al número de emergencia 123 administrado por la Policía Nacional en todo el territorio del Estado. Prohíbe la realización de llamadas falsas, bromistas, o generadoras de error al número de emergencia 123 administrado por la Policía Nacional en todo el territorio del Estado, por constituir infracciones administrativas muy graves.
Línea del tiempo
- 6/20/2014Archivado por Tránsito de Legislatura - Gaceta: S/N
Art 190 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 10/22/2013Publicación - Gaceta: 852/13
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 10/17/2013Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas