Por medio del cual se realizan cambios al artículo 81 del Código Nacional de Policía y Convivencia y se introduce un término prudencial para la realización de acciones preventivas en caso de vía de hecho que pretendan perturbar la posesión. [Acción preventiva por perturbación]
Información general
No. de proyecto en Cámara: 386/19
No. de proyecto en Senado:
Tema principal: Seguridad, defensa y fuerza pública
Tema secundario: Bienestar y pobreza
Cuatrienio: 2018-2022
Legislatura: Legislatura Jul 2018 - Jul 2019
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
La presente ley tiene por objeto otorgar a la Policía Nacional un mayor tiempo para la realización de la Acción Preventiva por Perturbación de que trata el Artículo 81° de la Ley 1801 de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”.
Línea del tiempo
- 6/12/2019Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 6/12/2019Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 5/31/2019Publicada Ponencia Primer Debate - Gaceta: 447/19
Primer debate
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Sin corporación
Ponentes
Comisiones asociadas
- Comisión Constitucional
- 5/9/2019Publicación - Gaceta: 330/19
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas
- 5/8/2019Radicado - Gaceta: S/N
Sin anotaciones
Documento Gaceta
No disponible
Corporación: Cámara de Representantes
Ponentes
Comisiones asociadas