Proyecto de ley por el cual se consagra la pensión de jubilación para los trabajadores discapacitados. [Pensión de jubilación para trabajadores discapacitados]
Información general
No. de proyecto en Cámara:
No. de proyecto en Senado: 256/11
Tema principal: Laboral
Tema secundario: Seguridad Social y salud
Cuatrienio: 2010-2014
Legislatura: Legislatura Jul 2010 - Jul 2011
Iniciativa: Legislativa
Tipo de proyecto de ley: Proyecto de Ley
Sinapsis
Los trabajadores discapacitados podrán acceder a la pensión de jubilación, una vez cumplan veinte (20) años de servicio, mil (1.000) semanas de cotización y cualquier edad. La presente ley se aplicará a todos las personas con discapacidad, que hubieren perdido entre el 20 y el 49% de su capacidad laboral, según la calificación efectuada por las juntas correspondientes de las EPS a las cuales estén afiliados los trabajadores discapacitados. Aquellos trabajadores discapacitados que reúnan los requisitos y condiciones para obtener la pensión de jubilación establecida en esta ley, tendrán derecho a pensionarse una vez sean declarados discapacitados, dentro de los porcentajes fijados en el artículo anterior.
Línea del tiempo
- 6/2/2011Retirado por el Autor - Gaceta: S/N
Art 155 Ley 5 de 1992
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Corporación: Sin corporación
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- 5/3/2011Publicación - Gaceta: 225/11
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Corporación: Senado de la República
Ponentes
Comisiones asociadas
- 4/28/2011Radicado - Gaceta: S/N
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Corporación: Senado de la República
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